Objetivo
Informar sobre las normas y servicios existentes en Colombia para el restablecimiento de los derechos de las personas víctimas de la Trata.
1. Marco normativo sobre la Trata de personas
1.1 Internacional
Se presentan a continuación algunos tratados y otros instrumentos internacionales que contienen normas y medidas prácticas para combatir la Trata de personas y toda forma de explotación de las personas
- Principios y Directrices Recomendados sobre los Derechos Humanos y la Trata de personas.
- Directrices sobre la trata de niños emitidas por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y sobre la trata y el asilo emitidas por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
- Resoluciones adoptadas por la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos:
- 23/5 (2013). Trata de personas, especialmente de mujeres y niños: medidas para combatir la trata de seres humanos en las cadenas de producción y distribución de las empresas.
- 44/4 (2020). Trata de personas, especialmente mujeres y niños: fortalecimiento de los derechos humanos mediante el aumento de la protección de las víctimas de la trata, especialmente las mujeres y los niños, el apoyo prestado a estas y su empoderamiento.
- Aplicación del principio de no penalización. Informe de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally (Julio 2021)
Memorandos de entendimiento firmados por Colombia en tema de Trata de Personas:
- Colombia – Ecuador, para la prevención e investigación del delito de la trata de personas y la asistencia y protección de las víctimas de la misma, 14/09/2012.
- Colombia – Chile, sobre cooperación en la prevención y control de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, 27/06/2013.
- Colombia – Argentina, para la prevención e investigación del delito de la Trata de personas y la asistencia y protección de sus víctimas, 18/07/2013.
- Colombia – Honduras, para la prevención e investigación del delito de la trata de personas y la asistencia y protección de las víctimas de la misma, 23/09/2013.
- Colombia – El Salvador, para la prevención e investigación del delito de la trata de personas y la asistencia y protección de las víctimas de la misma, 27/09/2013.
- Colombia – Paraguay, para la prevención e investigación del delito de la trata de personas y la asistencia y protección de las víctimas de la misma, 31/10/2014.
- Colombia – Costa Rica, sobre cooperación en la prevención, investigación y control de la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, 9/12/2014.
- Colombia – Perú, para la prevención, investigación, persecución del delito de la trata de personas y la asistencia y protección a sus víctimas, 25/05/2015.
- Colombia – Panamá, sobre cooperación en la prevención, investigación y control de la trata de personas y en la asistencia y protección a las víctimas de la misma, 10/09/2018.
En el caso del Memorando con Chile, Costa Rica y Panamá, Colombia estableció que el PUNTO FOCAL que cumple funciones de nodo nacional para el intercambio de información, responsable asimismo del seguimiento y evaluación de los avances experimentados durante su implementación, es la siguiente Oficina:
– Coordinación de Prevención del delito, Dirección de Asuntos políticos multilaterales, Viceministerio de asuntos multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, prevenciondelito@cancilleria.gov.co.
1.2 Nacional
Se presenta a continuación la normativa en Colombia
Aprueba el Protocolo de las NU para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de personas, especialmente de mujeres y niños.
Adopta medidas contra la Trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma.
“Artículo 188A: Trata de personas. El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
“Para efectos de este artículo se entenderá por explotación el obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona, mediante la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre, la explotación de la mendicidad ajena, el matrimonio servil, la extracción de órganos, el turismo sexual u otras formas de explotación”.
“El consentimiento dado por la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no constituirá causal de exoneración de la responsabilidad penal”.
Reglamenta parcialmente la Ley 985 de 2005 en relación con la adopción de las competencias, beneficios, procedimientos y trámites que deben adelantar las entidades responsables* en la adopción de las medidas de protección y asistencia a las personas víctimas del delito de la Trata de personas.
No se exige la denuncia previa ante autoridades competentes para poder acceder a la asistencia mediata del estado, por ser una medida desproporcionada, innecesaria y lesiva de sus derechos fundamentales.
“Al exigirle a los afectados por la comisión del delito que deben denunciarlo como condición para acceder a la asistencia mediata, se sacrifica un conjunto amplio de derechos en aras de favorecer la investigación penal que así se hace prevalecer sobre importantes prerrogativas reconocidas a las víctimas en la Constitución y en las leyes que ordenan su protección por el Estado”.
Adopta la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de personas 2020 – 2024.
Su objetivo es garantizar la coordinación, articulación y sostenibilidad de acciones interinstitucionales para el abordaje de la lucha contra la Trata de personas en materia de prevención, asistencia y protección de las víctimas, así como la gestión y generación del conocimiento, la cooperación internacional, la investigación, judicialización y sanción del delito nivel nacional, departamental y territorial.
Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de personas (Decreto 1818/2020)
Principios
2. Ruta de atención especializada para la atención a personas víctimas de la Trata
Después de haber identificado un caso de Trata de personas, es importante que la persona que lo haya detectado pueda orientar a la víctima hacia los servicios y recursos disponibles.
Con esta intención, nace la Ruta de atención especializada de Espacios de Mujer, para que brinde información sobre las herramientas disponibles para acceder a la oferta institucional y restablecer los derechos.
La Ruta aquí presentada integra la experiencia de la Corporación Espacios de Mujer en sus casi 20 años de asistencia a víctimas de la Trata de personas con la ruta trazada por el Estado colombiano, sintetizando de manera sencilla los servicios más accesibles para las víctimas y acordes a sus necesidades.
3. Temores y necesidades de una víctima de Trata de personas
Temores
Retaliaciones contra la víctima o su familia
Secuestros, atentados, embargos de propiedades.
Aislamiento e incomunicabilidad
Falta de redes de apoyo, desconocimiento del contexto social, cultural y lingüístico.
Situación migratoria irregular:
Expulsión del país, deportación, enjuiciamiento, discriminación, xenofobia.
Permanencia de las condiciones de vulnerabilidad:
No consecución de la autonomía económica, limitado o nulo acceso al sistema educativo o de salud, entre otros.
Necesidades
Protección
Seguridad para ella y su familia por parte del Estado.
Atención
Refugio, asistencia médica, ayudas básicas, mediación lingüística.
Repatriación / Permanencia en el país
Asistencia material para el retorno al país de origen (títulos de viaje y documentos) o para permanecer en el país en el que se encuentra (asesoría y documentación).
Reintegración:
Acompañamiento psicosocial, formación para el empleo, nivelación académica.
4. Instancias nacionales e internacionales para informarte, reportar o denunciar casos de Trata de personas
LibertApp
Aplicación por Migración Colombia, para denunciar un posible caso de desde cualquier lugar del mundo. Cuenta con el listado de todos los trata de personas consulados de Colombia en el exterior.
Correos electrónicos
lineatratadepersonas@mininterior.gov.co
coordinacioncoat@mininterior.gov.co
Estado:
Comité Municipal / Distrital / Departamental de lucha contra la Trata de Personas, Personería Municipal, Defensoría del Pueblo, Policía nacional, Fiscalía y Procuraduría General de la Nación. ONG*
Comunidades de fe:
Congregaciones religiosas, Iglesias
Entidades
Comités territoriales
de lucha contra la Trata de personas
Alcaldía y Gobernación competente
Teléfonos
01 8000 522020
Línea gratuita nacional contra la trata del Ministerio del Interior
Línea celular 122
Fiscalía General de la Nación
Línea 141
Instituto Colombiano de Bienestar Familia ICBF (Niños, Niñas y adolescentes)
*ONG para información o reporte de casos:
Corporación Espacios de Mujer (Medellín), Corporación SerVoz (Bogotá), Defensores de Vida (Bogotá), Fundación Jhonatan (Manizales), Centro Scalabrini de Migraciones – CESCAMIG (Bogotá), SINTRASEDOM (Bogotá), Fundación Renacer (Bogotá y Cartagena), Corporación CreSer (Bucaramanga), Fundación Dignitas (Cartagena), Corporación Afrocolombiana Carabantú (Medellín), Centro de pensamiento sobre Trata de Personas (Bogotá), Fundación Desarrollo y Paz – FUNDEPAZ (Pasto), Fundación Mujer sola (Popayán).
Alianza Colombiana de organizaciones de la sociedad civill contra la Trata de personas: alianzaorganizacionestrata@gmail.com
En el marco de la emergencia migratoria venezolana en Colombia, el Grupo Interagencial para Flujos Migratorios Mixtos GIFMM es referente para asesorar a la población migrante venezolana y remitirla a servicios.
En Colombia y el exterior
Organismos internacionales:
- Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).
- Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
- Organización Internacional del Trabajo (OIT).
- Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).
- Fondo de las Naciones Unidas para las Mujeres (ONU Mujeres).
- Global Initiative to Fight Human Trafficking. UN.GIFT.HUB.
Campañas mediáticas:
En el mundo
Puedes informarte, reportar o denunciar un caso de Trata de personas
Global Modern Slavery Directory
Mapa interactivo y de búsqueda y base de datos de organizaciones y agencias de todo el mundo que abordan la Trata de personas.
The Human Trafficking & Modern Slavery Expert Directory
Directorio para especialistas de todo el mundo, de diferentes profesiones y disciplinas, que trabajan en la lucha contra la Trata de personas.
Líneas gratuitas INTERNACIONALES para informarte o reportar casos de Trata de persona
- España: 900 995 727
- Chile: 188 800 201 122
- México: 0-1800 283 2122
- Perú: 0800 56 057
- República Dominicana: 1800 751 1122
- China: 4008 427130
- Japón: 00531 490083
- Ecuador: 1800 000 118
- Argentina: 0800 666 0122
- Emiratos Árabes Unidos: 8000 4910079
- Turquía: 00800 142059122
- Paraguay: 009 800 57 20122
- Puerto Rico y Estados Unidos: 1888 575 3122
En el exterior
Puedes informarte, reportar o denunciar un caso de Trata de personas
Estado: Consulado y Embajada de Colombia en el País de destino
ONG
Comunidades de fe: Congregaciones religiosas, Iglesias