3. Finalidad
¿Para qué se hace?
3.1 Trabajos o servicios forzados
La víctima está obligada a prestar un trabajo o servicio para el cual no se ofrece voluntariamente, bajo amenaza y después de un traslado de un lugar a otro.
Para que sean trabajos o servicios forzados se necesitan dos condiciones:
El trabajador no se ha ofrecido voluntariamente y no ha dado su consentimiento libre e informado.
El empleador amenaza con una pena al trabajador (violencia física o retención de salarios, amenazas de deportación, retiro de documentos de identidad – entre otras).
Es la naturaleza de la relación existente entre trabajador y empleador la que determina el trabajo forzado, no la actividad realizada.
De acuerdo con el Global Report on Trafficking in Persons 2020 (UNODC), los principales sectores en los cuales se identifican víctimas son:
Servicio doméstico
Construcción
Agricultura
Minería
Textiles
Hoteles y servicios turísticos
Ventas informales
3.2 Explotación sexual
La víctima es forzada a ejercer la prostitución en condiciones de esclavitud, nunca convenidas o aceptadas.
La víctima es privada de su libertad o limitada en su autodeterminación, no recibe ninguna remuneración o esta es mínima en proporción al tamaño de su trabajo.
Es forzada a acatar las órdenes de sus captores respecto a los clientes o las prácticas sexuales (horarios extensos, prohibición de usar anticonceptivos, número excesivo de clientes por día) y, a menudo, está condicionada al consumo de alcohol y/o sustancias psicoactivas.
Una de las modalidades de la explotación sexual es el matrimonio servil.
3.3 Esclavitud
o prácticas análogas a la esclavitud
La víctima sufre el dominio de otra persona, quien la considera de su propiedad.
Las prácticas análogas a la esclavitud incluyen todo acto de captura, adquisición o cesión de una persona para venderla o cambiarla: la servidumbre por deudas o gleba, la mendicidad ajena y la explotación en actividades delictivas son algunas de sus modalidades.
Servidumbre por deudas
Una persona (deudor) se compromete a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda.
Esos servicios no están limitados en términos de tiempo y naturaleza del trabajo.
Servidumbre de la gleba
Una persona está obligada por ley, por costumbre o acuerdo, a vivir y trabajar sobre una tierra que pertenece a otra persona y a prestar a esta, de manera gratuita o remunerada, determinados servicios, sin libertad para cambiar su condición.
Mendicidad ajena
Una persona es obligada por un tercero a pedir limosna. Es trasladada a un lugar diferente a su residencia y aquí es totalmente controlada por el tratante, quien se lucra de su actividad recibiendo todas las ganancias generadas.
Explotación en actividades delictivas
Una persona es obligada a cometer delitos y otras actividades ilegales que están castigadas penalmente y generan beneficios económicos: robo, cultivo de drogas, venta de mercancías ilícitas. A menudo se exigen cuotas a las víctimas, quienes pueden sufrir duros castigos si no las alcanzan.
3.4 Extracción de órganos
Es el comercio de los cuerpos de las personas: el retiro de órganos, tejidos o componentes del cuerpo y su tráfico (transporte, importación o exportación y conservación de ellos).